Descargar contenido : Descargar contenido en docx Descargar contenido en ODT Descargar contenido en HTML
Celebrar, modificar y extinguir contratos de compraventa, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles, obras y servicios, trabajo, transporte, seguros y suministros, sí como, cualquier otra obligación que de los mismos se derive. Así mismo, para la aceptación de todo tipo de cesiones gratuitas y onerosas.
Comprar en general toda clase de bienes muebles, eminentemente de carácter mobiliario y de necesidad para el normal funcionamiento de los servicios de la compañía.
Verificar toda clase de declaraciones, reclamaciones y arbitrios que afecten a la Sociedad: interponer recursos y realizar toda clase de reclamaciones e ingresos indebidos.
Asistir a reuniones de comunidades en las que estén ubicadas las delegaciones de la compañía.
Organizar, dirigir y vigilar el régimen interno de la Sociedad y de su personal.
Invertir en concursos, subastas y procedimientos análogos, presentar y modificar proposiciones, aceptar adjudicaciones, formalizar contratos, constituir y retirar fianzas provisionales y definitivas.
Efectuar cobros y pagos por cualquier cantidad, incluso respecto al Estado, Provincia, Municipio y otras entidades públicas.
Llevar la correspondencia y contabilidad de la Sociedad. Enviar y recibir certificados, giros, telegramas y actuar plenamente en relación con Correos, Telégrafos, Teléfonos u otros medios de comunicación.
Determinar la colocación o destino de los fondos o bienes disponibles y participar en empresas, bien en su constitución o posteriormente,
Abrir, continuar y cancelar cuantas corrientes, de ahorro o entidades de crédito, incluso en el banco de España u otros entes públicos.
Transigir y someterse a arbitrajes privados.
Asistir a Juntas y reuniones de Sociedades, Comunidades o cualquiera otra y ejercitar el derecho a voto.
Ostentar la plena representación de la Sociedad, para toda clase de actos judiciales y extrajudiciales. Comparecer y actuar en cualquier procedimiento, judicial o administrativo con la máxima amplitud, por todos sus trámites, incidencias y recursos, incluso ante el Tribunal Supremo. Hacer y recibir, requerimientos y notificaciones.
Conceder los poderes generales y especiales que tenga por conveniente, en uso de las facultades anteriormente indicadas y revocar los ya concedidos, en especial, queda facultado para otorgar así mismo, poderes generales para pleitos a favor de abogados y procuradores y poderes a favor de cualquier persona en el procedimiento de quiebra o suspensión de pagos, que en cada caso determine.
Disponer total o parcialmente de los fondos depositados en cuenta de la Compañía, mediante talones, transferencias o cualquier otra fórmula normal en el sistema bancario.